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mayo  3, 2024

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Ventosa de perdurabilidad, tutela gremial, jubilación y democracia sindical

Consideraciones sobre el fallo “AFIP c/ Mirant Borde, Miguel Alfredo s/ juicio sumarísimo"

Por Rodolfo Capón Filas

“Si exploráramos el tema por otro sendero, tal vez comprendiéramos que para intimar al trabajador tutelado en condiciones de jubilarse no es necesaria acción judicial alguna, porque la relación laboral, entre muchas razones, se extingue por la jubilación (RCT, artículo, 252), para lo cual sobre el empleador pesa la carga de intimarlo a iniciar los trámites necesarios. Siendo así, esa intimación se encuentra fuera de las previsiones del Régimen Sindical, artículo 52, ya que la situación de jubilación integra las Condiciones de Trabajo con la que los trabajadores ingresan. Viabilizarla mediante la intimación a jubilarse, por lo tanto, no violenta condición laboral alguna.”

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Términos mencionados en esta doctrina: jubilación, condiciones, jubilarse, artículo.

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